Art. 1
Exención
En vigor desde 6 dic 2018
Artículo 1
Exención
Se concede, con sujeción a las condiciones establecidas en la presente Decisión, la exención solicitada por Dinamarca mediante carta de 6 de febrero de 2018 para permitir la aplicación de una cantidad de nitrógeno procedente de estiércol superior a la prevista en el anexo III, punto 2, párrafo segundo, primera frase, de la Directiva 91/676/CEE.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2018:1928:oj#art-1