Art. 5

Art. 5

En vigor desde 19 nov 2018
Artículo 5 1.   La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. 2.   La presente Decisión expirará 24 meses después de la celebración del acuerdo a que se refiere el artículo 3, apartado 3. Sin embargo, expirará seis meses después de la fecha de su entrada en vigor si no se celebrase ningún acuerdo dentro de ese plazo.
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