Art. 1
En vigor desde 14 nov 2018
Artículo 1
Se conceden las siguientes excepciones a lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 2016/1952:
1)
Se concede una excepción a la República Federal de Alemania en lo que se refiere al suministro de datos estadísticos para los años de referencia 2017 y 2018 en lo relativo al:
punto 5, letra b) del anexo I, en relación con los datos de precios para la banda de consumo I6;
punto 6, letra a) del anexo I;
punto 4, letra b) del anexo II, en relación con los datos de precios para la banda de consumo IG;
punto 5, letra a) del anexo II, en relación con los subcomponentes de precios de red y los subcomponentes de impuestos, tasas, gravámenes y cargas.
2)
Se concede una excepción al Reino de España en lo que se refiere al suministro de datos estadísticos para los años de referencia 2017 y 2018 en lo relativo al:
punto 6, letra a), del anexo I, en relación con los componentes y subcomponentes;
punto 7 del anexo I, en relación con los volúmenes de consumo anuales;
punto 5, letra a), y punto 5, letra b), del anexo II, en relación con los tres componentes principales y con los subcomponentes de precios de red y de impuestos, tasas, gravámenes y cargas, así como del desglose en tres niveles de estos precios de la electricidad.
3)
Se concede una excepción a la República Italiana en lo que se refiere al suministro de datos estadísticos para los años de referencia 2017 y 2018 en lo relativo al:
punto 6, letra a), del anexo I, en relación con los subcomponentes de precios de red y los subcomponentes de impuestos, tasas, gravámenes y cargas;
punto 5, letra a), del anexo II, en relación con los subcomponentes de precios de red y los subcomponentes de impuestos, tasas, gravámenes y cargas.
4)
Se concede una excepción a la República de Chipre en lo que se refiere al suministro de datos estadísticos para el año de referencia 2017 en lo relativo al:
punto 5, letra a), del anexo II, en relación con los subcomponentes de precios de red y los subcomponentes de impuestos, tasas, gravámenes y cargas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2018:1734:oj#art-1