Art. 5

Art. 5

En vigor desde 2 oct 2018
Artículo 5 La presente Decisión surtirá efecto el día de su notificación. La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2019 y expirará el 31 de diciembre de 2021. Cualquier solicitud de prórroga de la autorización establecida en la presente Decisión se transmitirá a la Comisión el 31 de marzo de 2021 a más tardar e irá acompañada de un informe que incluya la revisión del porcentaje establecido en el artículo 1.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2018:1493:oj#art-5