Art. 1

Art. 1

En vigor desde 18 sept 2018
Artículo 1 La posición que se ha de adoptar, en nombre de la Unión Europea, en el Consejo de Asociación instituido por el Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra, en cuanto a la adopción de una recomendación para aprobar la prórroga del Plan de Acción UE-Marruecos de ejecución del Estatuto Avanzado (2013-2017) durante un año a partir de la fecha en que expire dicho Plan de Acción se basará en el proyecto de recomendación adjunto a la presente Decisión.
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