Art. 1
En vigor desde 18 sept 2018
Artículo 1
Queda aprobado en nombre de la Unión el Acuerdo de cooperación entre la Unión Europea y la Agencia para la Seguridad de la Navegación Aérea en África y Madagascar (ASECNA), relativo al desarrollo de la radionavegación por satélite y a la prestación de servicios conexos en la zona de competencia de la ASECNA en beneficio de la aviación civil.
El texto del Acuerdo figura adjunto a la presente Decisión.
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