Art. 1
En vigor desde 20 jun 2018
Artículo 1
La ayuda estatal concedida en favor de Engie SA y de todas las empresas directa o indirectamente controladas por Engie SA, sobre la base de la resolución fiscal emitida por la Administración tributaria luxemburguesa el 9 de septiembre de 2008, modificada y completada por las resoluciones fiscales de 30 de septiembre de 2008, 3 de marzo de 2009, 9 de marzo de 2012 y 13 de marzo de 2014, y sobre la base de la resolución fiscal emitida por la Administración tributaria luxemburguesa el 9 de febrero de 2010, completada por la resolución fiscal de 15 de junio de 2012, ejecutada ilegalmente por Luxemburgo infringiendo el artículo 108, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, es incompatible con el mercado interior.
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