Art. 2

Art. 2

En vigor desde 16 ene 2018
Artículo 2 El destinatario de la presente Decisión de Ejecución será el Reino de España.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2018:114:oj#art-2