Art. 1
En vigor desde 12 dic 2017
Artículo 1
1. En el marco del presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018, se movilizará el Instrumento de Flexibilidad para consignar en la rúbrica 3 (Seguridad y ciudadanía) el importe de 837 241 199 EUR en créditos de compromiso.
El importe a que se refiere el párrafo primero se utilizará para financiar medidas que hagan frente a los desafíos de la migración, la afluencia de refugiados y las amenazas a la seguridad.
2. A partir del perfil de pagos previsto, la distribución de los créditos de pago correspondientes a la movilización del Instrumento de Flexibilidad se estimará del siguiente modo:
a)
464 039 631 EUR en 2018;
b)
212 683 883 EUR en 2019;
c)
126 354 910 EUR en 2020;
d)
34 162 775 EUR en 2021.
Los importes concretos de los créditos de pago para cada ejercicio financiero se autorizarán de conformidad con el procedimiento presupuestario anual.
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