Art. 1
En vigor desde 11 dic 2017
Artículo 1
1. De conformidad con la Estrategia de la UE, que establece el objetivo de defender, aplicar y fortalecer los tratados y acuerdos multilaterales de desarme y no proliferación, la Unión debe prestar asistencia a los Estados de África, Asia y el Pacífico, América Latina y el Caribe para su participación en el proceso de consulta del grupo preparatorio de alto nivel de expertos sobre un tratado de prohibición de la producción de material fisible, (en lo sucesivo, «TPMF»).
2. Los proyectos mediante los que se prestará asistencia a los Estados de África, Asia y el Pacífico, América Latina y el Caribe para su participación en el proceso de consulta del grupo preparatorio de alto nivel de expertos sobre un TPMF, que estarán en consonancia con la Estrategia de la UE, consistirán en talleres subregionales, reuniones de expertos, actividades de apoyo temático ofrecidas por los Estados miembros de las Naciones Unidas y la creación de un repositorio de información y publicaciones pertinentes.
3. Los proyectos perseguirán los siguientes objetivos:
—
facilitar el diálogo a escala regional entre las regiones de los Estados de África, de Asia y el Pacífico, y de América Latina y el Caribe,
—
desarrollar un sentimiento de responsabilización sobre la cuestión entre los Estados en dichas regiones,
—
identificar las necesidades y prioridades políticas nacionales de los Estados en dichas regiones,
—
implicar a las organizaciones regionales pertinentes en los debates sobre un TPMF para armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares que se negociará en el marco de la Conferencia de Desarme,
—
evaluar las implicaciones del proceso a escala regional y del papel que las organizaciones regionales e internacionales pertinentes puedan tener en dicho proceso,
—
realizar un análisis comparativo de las implicaciones del proceso para cada región,
—
facilitar la transmisión de los conocimientos sobre la cuestión entre el mundo académico, las organizaciones de la sociedad civil y los Estados miembros relativos a materiales fisibles.
4. Los proyectos se describen pormenorizadamente en el anexo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2017:2284:oj#art-1