Art. 1
En vigor desde 23 oct 2017
Artículo 1
En el artículo 6 de la Decisión (PESC) 2015/1763, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:
«Será aplicable hasta el 31 de octubre de 2018.».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2017:1933:oj#art-1