Art. 3

Art. 3

En vigor desde 8 ago 2017
Artículo 3 Los Estados miembros informarán a la Comisión sobre la aplicación de la presente Decisión a más tardar el 2 de mayo de 2018.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2017:1483:oj#art-3