Art. 8

Art. 8

En vigor desde 8 jun 2017
Artículo 8 El Consejo reconsiderará, a partir de un informe de la Alta Representante, el establecimiento de la MPCC y de la Célula Conjunta de Coordinación del Apoyo un año después de que hayan pasado a ser plenamente operativas, y en cualquier caso para finales de 2018.
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