Art. 1
En vigor desde 11 may 2017
Artículo 1
El Protocolo 3 del Acuerdo EEE se modifica como sigue:
1)
En el artículo 2, apartado 1, se añade el párrafo siguiente al final:
«Los productos enumerados en el cuadro I originarios de Islandia o de la Unión Europea, en el sentido del Convenio regional sobre las normas de origen preferenciales paneuromediterráneas, estarán sujetos a los derechos de aduana que se establecen en el apartado 4 bis del anexo I del cuadro I y en el apartado 1 bis del anexo II del cuadro I, respectivamente.».
2)
El anexo I del cuadro I se modifica conforme a lo dispuesto en el anexo I de la presente Decisión.
3)
El anexo II del cuadro I se modifica conforme a lo dispuesto en el anexo II de la presente Decisión.
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