Art. 1

Art. 1

En vigor desde 6 mar 2017
Artículo 1 La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en el Comité Administrativo del Acuerdo revisado de 1958 y en el Comité Ejecutivo del Acuerdo paralelo durante el período comprendido entre el 13 y el 17 de marzo de 2017 será la de votar a favor de las propuestas enumeradas en el anexo de la presente Decisión.
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