Art. 1 · Misión

Art. 1

Misión

En vigor desde 21 nov 2016
Artículo 1 La Decisión 2010/279/PESC se modifica como sigue: 1) El artículo 1 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 1 Misión 1.   La Misión de Policía de la Unión Europea en Afganistán (“EUPOL AFGANISTÁN” o “Misión”), establecida mediante la Acción Común 2007/369/PESC, se prorrogará del 31 de mayo de 2010 al 15 de septiembre de 2017. 2.   Hasta el 31 de diciembre de 2016, la EUPOL AFGANISTÁN actuará de conformidad con los objetivos establecidos en el artículo 2 y ejecutará los cometidos establecidos en el artículo 3. 3.   A partir del 1 de enero de 2017, la EUPOL AFGANISTÁN llevará a cabo los procedimientos de liquidación de la Misión.». 2) En el artículo 7, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente: «1.   Hasta el 31 de diciembre de 2016, la dotación y las competencias del personal de la EUPOL AFGANISTÁN serán acordes con los objetivos fijados en el artículo 2, los cometidos establecidos en el artículo 3 y la estructura de la Misión establecida en el artículo 4. A partir del 1 de enero de 2017, la dotación y las competencias del personal de la EUPOL AFGHANISTAN serán acordes con el objetivo de lograr de manera rápida y ordenada la liquidación de la Misión.». 3) En el artículo 13, apartado 1, el último párrafo se sustituye por el texto siguiente: «El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la EUPOL AFGANISTÁN desde el 1 de enero de 2017 hasta el 15 de septiembre de 2017 será de 11 600 000 EUR.». 4) El artículo 17 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 17 Entrada en vigor y duración La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. Será de aplicación desde el 31 de mayo de 2010 hasta el 15 de septiembre de 2017.».
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