Art. 1

Art. 1

En vigor desde 8 nov 2016
Artículo 1 En la Decisión 2013/678/UE, el artículo 2 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 2 La presente Decisión surtirá efecto el día de su notificación. La presente Decisión será aplicable hasta la entrada en vigor de una directiva que modifique los artículos 281 a 294 de la Directiva 2006/112/CE relativos al régimen especial aplicable a las pequeñas empresas, o hasta el 31 de diciembre de 2019, si esta fecha fuera anterior.».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2016:1988:oj#art-1