Art. 1

Art. 1

En vigor desde 5 ago 2016
Artículo 1 La ayuda estatal notificada por el Reino de España destinada a compensar los costes de emisión simultánea de los radiodifusores privados en el contexto de la liberación del dividendo digital no cumple los requisitos del artículo 107, apartado 3, del Tratado y, por lo tanto, es incompatible con el mercado interior. Por consiguiente, la ayuda estatal no deberá ser ejecutada.
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