Art. 40
Principios contables
En vigor desde 4 ago 2016
Artículo 40
Principios contables
Los estados financieros presentarán la información, incluida la información sobre las políticas contables, de manera tal que se garantice que es pertinente, fiable, comparable y comprensible. Los estados financieros se elaborarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39.
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