Art. 62
En vigor desde 4 ago 2016
Artículo 62
Sin perjuicio de las disposiciones de los artículos 63 a 66, el agente temporal tendrá derecho, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 5 a 16 del anexo IV, al reembolso de los gastos que haya realizado con motivo de su incorporación, traslado o cese en el servicio, así como a la de aquellos que haya realizado en el ejercicio o con ocasión del ejercicio de sus funciones.
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