Art. 1

Art. 1

En vigor desde 17 jun 2016
Artículo 1 La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión dentro del Comité de Administración del Acuerdo revisado de 1958 y dentro del Comité Ejecutivo del Acuerdo paralelo durante el período comprendido entre el 20 y el 24 de junio de 2016 será la de votar a favor de las propuestas que figuran en el anexo de la presente Decisión.
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