Art. 1

Art. 1

En vigor desde 7 abr 2016
Artículo 1 La ayuda estatal que Austria ha ejecutado en favor de las siguientes medidas y períodos es compatible con el mercado interior a tenor del artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: — ayuda a la publicidad genérica en el período entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2001, — ayuda a la publicidad en el período entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2006, — ayuda a/mediante campañas publicitarias fuera de Austria y publicidad genérica en Austria en el período entre el 1 de enero de 2002 y el 1 de enero de 2004, — ayuda a la publicidad sobre la calidad en el período entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2008, — ayuda a/mediante medidas de promoción, entendidas en un sentido más amplio, y medidas de apoyo técnico en el período entre el 1 de enero de 1995 y el 31 de diciembre de 1999, — ayuda en forma de asistencia técnica, servicios de asesoramiento y medidas de control relacionados con los productos de calidad en el período entre el 1 de enero de 1995 y el 31 de diciembre de 1999, — ayuda a productos de calidad en el período entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2006, — ayuda en forma de apoyo técnico en el período entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2006, — ayuda en forma de apoyo técnico a productos genéricos en el período entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2004, — ayuda en forma de apoyo técnico en el período entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2008 para productores primarios.
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