Art. 23 · Plazos de recepción de solicitudes y ofertas

Art. 23

Plazos de recepción de solicitudes y ofertas

En vigor desde 9 feb 2016
Artículo 23 Plazos de recepción de solicitudes y ofertas 1.   Al establecer los plazos de recepción de solicitudes y ofertas, el BCE tendrá en cuenta en particular la complejidad del contrato y el tiempo requerido para preparar las ofertas, sin perjuicio de los plazos mínimos establecidos en el presente artículo. 2.   En el procedimiento abierto, el plazo mínimo de recepción de ofertas será de 35 días desde la fecha de envío del anuncio de licitación al Diario Oficial. 3.   En el procedimiento restringido, el procedimiento negociado, el diálogo competitivo, la asociación para la innovación y el concurso de diseño: a) el plazo mínimo de recepción de solicitudes será de 30 días desde la fecha de envío del anuncio de licitación al Diario Oficial, y b) el plazo mínimo de recepción de ofertas será de 30 días desde la fecha de envío a los licitadores de la invitación a licitar. 4.   Cuando se haya publicado en el Diario Oficial una nota informativa previa que contenga la información a que se refiere el artículo 48, apartado 2, de la Directiva 2014/24/UE, y que haya sido enviada entre 35 días y 12 meses antes del anuncio de licitación, el plazo mínimo de recepción de ofertas podrá, como norma general, reducirse a 15 días en procedimientos abiertos y a 10 días en procedimientos restringidos. 5.   Los plazos de recepción de solicitudes y ofertas podrán reducirse en cinco días si se utiliza un procedimiento de adquisición totalmente electrónico, salvo que sea de aplicación el apartado 4. 6.   En los procedimientos abierto, restringido y negociado, el BCE podrá aplicar un trámite acelerado cuando por razones de urgencia debidamente justificadas sea imposible observar los plazos establecidos en el presente artículo, en cuyo caso se aplicarán los plazos mínimos siguientes: a) en el procedimiento abierto, un plazo de recepción de ofertas que no será inferior a 15 días desde la fecha de envío del anuncio de licitación, y b) en los procedimientos restringido y negociado, un plazo de recepción de solicitudes que no será inferior a 15 días desde la fecha de envío del anuncio de licitación, y un plazo de recepción de ofertas que no sea inferior a 10 días desde la fecha de envío a los licitadores de la invitación a licitar. 7.   Antes de que expiren, el BCE podrá prorrogar los plazos establecidos en el anuncio de licitación o en el pliego de condiciones si modifica sustancialmente dicho pliego o en otros casos debidamente justificados, con sujeción al principio de igualdad de trato.
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