Art. 10 · Procedimiento abierto

Art. 10

Procedimiento abierto

En vigor desde 9 feb 2016
Artículo 10 Procedimiento abierto 1.   Una vez publicado el anuncio de licitación, todo proveedor interesado podrá solicitar que se le envíe la invitación a licitar si es que no se ha facilitado por medios electrónicos. El BCE enviará la invitación a licitar en los seis días siguientes a la recepción de la solicitud correspondiente, siempre que esta se haya cursado con antelación suficiente antes de la fecha límite de presentación de ofertas. 2.   Los proveedores interesados presentarán sus ofertas en el plazo que establezca el BCE, acompañadas de todos los documentos que este requiera. 3.   El BCE adjudicará el contrato al licitador cuya oferta se ajuste mejor a los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o la invitación a licitar.
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