Art. 1

Art. 1

En vigor desde 10 dic 2015
Artículo 1 En el artículo 2 de la Decisión de Ejecución 2010/99/UE, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente: «Se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2018. Toda solicitud de prórroga de la medida contemplada en la presente Decisión deberá remitirse a la Comisión no más tarde del 31 de marzo de 2018, debiendo ir acompañada de un informe sobre su aplicación.».
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