Art. 1

Art. 1

En vigor desde 9 dic 2015
Artículo 1 El anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2015/1500 se sustituye por el texto siguiente: «ANEXO ZONAS RESTRINGIDAS A TENOR DEL ARTÍCULO 2, LETRA b) Las siguientes unidades regionales de Grecia: — unidad regional de Evros, — unidad regional de Rodopi, — unidad regional de Xanthi, — unidad regional de Kavala, — unidad regional de Chalkidiki, — unidad regional de Thessaloniki, — unidad regional de Kilkis, — unidad regional de Limnos, — unidad regional de Drama, — unidad regional de Serres.».
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