Art. 8 · Normas de ejecución

Art. 8

Normas de ejecución

En vigor desde 25 nov 2015
Artículo 8 Normas de ejecución 1.   En la ejecución del programa ISA2, se tendrán en debida consideración la EIS y el EIF. 2.   A fin de garantizar la interoperabilidad entre los sistemas de información nacionales y de la Unión, las soluciones de interoperabilidad se especificarán con referencia a normas europeas existentes y nuevas o a especificaciones disponibles públicamente o abiertas para el intercambio de información y la integración de servicios. 3.   El establecimiento o la mejora de las soluciones de interoperabilidad se realizarán sobre la base o irán acompañados, cuando proceda, de intercambios de puntos de vista, la puesta en común de experiencias, así como del intercambio y la promoción de las mejores prácticas. A tal fin, la Comisión reunirá a las partes interesadas pertinentes y organizará conferencias, seminarios y otras reuniones en relación con las cuestiones abordadas por el programa ISA2. 4.   En la aplicación de soluciones de interoperabilidad en el marco del programa ISA2 se prestará la debida consideración, cuando proceda, a la EIRA. 5.   Las soluciones de interoperabilidad y sus actualizaciones se incluirán, cuando proceda, en la EIC y se ofrecerán para su reutilización por las administraciones públicas europeas. 6.   La Comisión alentará y habilitará en todo momento a los Estados miembros a incorporarse a una acción o un proyecto en cualquiera de sus fases. 7.   Con el fin de evitar la duplicación, las soluciones de interoperabilidad financiadas en el marco del programa ISA2 utilizarán como referencia los resultados obtenidos con iniciativas relevantes de la Unión o de los Estados miembros, cuando proceda, y reutilizarán las soluciones de interoperabilidad existentes. 8.   Con el fin de maximizar las sinergias y propiciar esfuerzos complementarios y combinados, las acciones se coordinarán, cuando proceda, con otras iniciativas de la Unión pertinentes. 9.   Las soluciones de interoperabilidad establecidas o mejoradas en el marco del programa ISA2 se basarán en el intercambio de experiencias así como en el intercambio y la promoción de las mejores prácticas. El programa ISA2 fomentará las actividades de creación de comunidades en torno a marcos y soluciones de interés común, en las que colaboren las partes interesadas relevantes, entre ellas, organizaciones sin ánimo de lucro y universidades.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2015:2240:oj#art-8