Art. 1 · Objeto y objetivos

Art. 1

Objeto y objetivos

En vigor desde 25 nov 2015
Artículo 1 Objeto y objetivos 1.   La presente Decisión establece, para el período 2016-2020, un programa sobre soluciones de interoperabilidad y marcos comunes para las administraciones públicas europeas, las empresas y los ciudadanos (en lo sucesivo denominado «el programa ISA2»). Los objetivos del programa ISA2 son los siguientes: a) desarrollar, mantener y promover un enfoque holístico hacia la interoperabilidad en la Unión para eliminar la fragmentación en el panorama de la interoperabilidad en la Unión; b) facilitar una interacción electrónica transfronteriza o intersectorial eficiente y eficaz tanto entre las administraciones públicas europeas como entre ellas y las empresas y los ciudadanos, y contribuir al desarrollo de una administración electrónica más eficaz, simplificada y orientada a los usuarios en los niveles nacional, regional y local de la administración pública; c) identificar, crear y explotar soluciones de interoperabilidad que faciliten la ejecución de las políticas y actividades de la Unión; d) facilitar la reutilización de las soluciones de interoperabilidad por parte de las administraciones públicas europeas. El programa ISA2 tendrá en cuenta los aspectos sociales y económicos de la interoperabilidad, así como la situación específica de las pymes y de las microempresas, con el fin de mejorar la interacción entre las administraciones públicas europeas, por una parte, y entre estas y las empresas y los ciudadanos, por otra. 2.   El programa ISA2 garantizará un entendimiento común de la interoperabilidad a través del EIF y su aplicación en las administraciones de los Estados miembros y supervisará su aplicación. La Comisión, a través del programa ISA2, deberá supervisar la aplicación del EIF. 3.   El programa ISA2 sucede al programa ISA y consolidará, fomentará y ampliará sus actividades.
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