Art. 4

Art. 4

En vigor desde 18 nov 2015
Artículo 4 Los criterios aplicables a la categoría de productos «sustratos de cultivo, enmiendas del suelo y cubiertas del suelo», así como los requisitos de evaluación y comprobación correspondientes, serán válidos durante cuatro años a partir de la fecha de adopción de la presente Decisión.
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