Art. 3
Mandato
En vigor desde 10 nov 2015
Artículo 3
Mandato
1. Para alcanzar los objetivos políticos de la Unión con respecto al Cuerno de África, el mandato del REUE consistirá en:
a)
sobre la base del marco estratégico y del Plan de acción regional, actuar junto con todas las partes pertinentes en la región, gobiernos, autoridades regionales, organizaciones internacionales y regionales, sociedad civil y diásporas, a fin de perseguir los objetivos de la Unión y contribuir a una mejor compresión del papel de la Unión en la región;
b)
entablar contactos con los principales actores exteriores a la zona con influencia dentro del Cuerno de África, con el objetivo de abordar las cuestiones de la estabilidad regional general, entre otros con respecto al Mar Rojo y el Océano Indico Occidental. Esos contactos deben incluir la negociación bilateral con los Estados Unidos de América, los países del Golfo, Egipto, Turquía y China, contactos regionales con el Consejo de Cooperación del Golfo y la interacción con otros interlocutores pertinentes que vayan surgiendo;
c)
representar, si procede, a la Unión en los foros internacionales pertinentes y garantizar la visibilidad del apoyo de la Unión a la gestión de crisis y a la resolución y prevención de conflictos;
d)
alentar y apoyar una cooperación efectiva en política y seguridad y la integración económica efectiva en la región mediante la asociación de la Unión con la Unión Africana (UA) y con organizaciones regionales, en particular la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo (IGAD);
e)
seguir los acontecimientos políticos de la región y contribuir al desarrollo de la política de la Unión hacia la región, en particular en relación con Somalia, Sudán, Sudán del Sur y Eritrea, la controversia de las fronteras entre Etiopía y Eritrea y la aplicación del Acuerdo de Argel, la controversia de las fronteras entre Yibuti y Eritrea, la Iniciativa de la Cuenca del Nilo y otras preocupaciones regionales que repercuten en la seguridad, la estabilidad y la prosperidad;
f)
examinar los retos transfronterizos, en particular en relación con la migración, y, previa petición, dialogar sobre el tema de la migración con las partes interesadas pertinentes y contribuir, de modo más general, a la política de la Unión en materia de migración y de refugiados con respecto a la región, en consonancia con las prioridades políticas de la Unión, con el fin de aumentar la cooperación, incluidos el retorno y la readmisión;
g)
en lo que respecta a Somalia, y en estrecha coordinación con el Jefe de la Delegación de la Unión en Somalia y los socios regionales e internacionales pertinentes, entre ellos el representante especial del Secretario General de las Naciones Unidas (ONU) para Somalia, la Unión Africana y la IGAD, seguir contribuyendo activamente a las acciones e iniciativas que conduzcan a una mayor estabilización y unos acuerdos posteriores a la transición para Somalia, basándose en el Nuevo Pacto de 2013 y en los avances en la formación de un Estado federal, y con vistas a conseguir un proceso electoral en Somalia verosímil e inclusivo en 2016. Además, el REUE seguirá apoyando el desarrollo del sector de la seguridad en Somalia, entre otros medios con las misiones PCSD de la Unión desplegadas en la región;
h)
en lo que atañe a Sudán, y trabajando en estrecha cooperación con el Jefe de la Delegación de la Unión en Jartúm y el jefe de la UA en Adís Abeba, contribuir a la coherencia y la eficacia de la política de la Unión respecto de Sudán y apoyar las soluciones políticas a los conflictos en curso en las regiones de Darfur, Kordofán del Sur y Nilo Azul, y la reconciliación nacional mediante un proceso político integral. A este respecto, el REUE contribuirá a un planteamiento internacional coherente en estrecha cooperación con la UA y especialmente con el Grupo de Alto Nivel de la UA encargado de la aplicación de las recomendaciones para Sudán y Sudán del Sur (AUHIP), la ONU y otras partes interesadas clave a escala regional e internacional, teniendo presente además la necesidad de apoyar la coexistencia pacífica de Sudán y Sudán del Sur, en particular mediante la aplicación de los acuerdos de Adís Abeba y la resolución de las cuestiones aún pendientes tras el Acuerdo de paz global;
i)
en lo que se refiere a Sudán del Sur, basándose en el acuerdo firmado recientemente sobre la resolución del conflicto de Sudán del Sur, seguirá entablando contactos a escala regional, en particular con la IGAD, la UA, la ONU, los países vecinos de Sudán del Sur y otros socios internacionales clave, para garantizar la aplicación del acuerdo. A este respecto el REUE trabajará en estrecha cooperación con el Jefe de la Delegación de la Unión en Juba y con el jefe de la UA en Adís Abeba;
j)
hacer un seguimiento estrecho de otros retos transfronterizos que afecten al Cuerno de África, con particular atención a la radicalización y el terrorismo, pero atendiendo también a la seguridad marítima y la piratería, la delincuencia organizada, el contrabando y el tráfico de armas, productos de especies silvestres, drogas y otras actividades de contrabando, y a toda consecuencia política o de seguridad de las crisis humanitarias;
k)
promover el acceso a la ayuda humanitaria en toda la región;
l)
contribuir a la aplicación de la Decisión 2011/168/PESC del Consejo (2), y de la política de la Unión relativa a los derechos humanos en colaboración con el REUE para los Derechos Humanos, incluidas las Directrices de la UE sobre derechos humanos, en particular las Directrices de la UE sobre los niños y los conflictos armados, así como las Directrices de la UE sobre la violencia contra las mujeres y las niñas, y la lucha contra todas las formas de discriminación contra ellas, y la política de la Unión respecto a la Resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad de la ONU, entre otros medios a través del seguimiento y la elaboración de informes sobre la evolución de la situación, así como la formulación de recomendaciones al respecto.
2. A efectos del cumplimiento del mandato, el REUE deberá, entre otras actividades:
a)
asesorar e informar sobre la definición de las posiciones de la Unión en los foros internacionales, según proceda, a fin de fomentar proactivamente el planteamiento político global de la Unión para el Cuerno de África;
b)
mantener una visión general de todas las actividades de la Unión.
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