Art. 1

Art. 1

En vigor desde 28 oct 2015
Artículo 1 En el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2015, se utilizará el Instrumento de Flexibilidad para consignar en la rúbrica 3 (Seguridad y ciudadanía) la cantidad de 66,1 millones EUR en créditos de compromiso. Dicha cantidad se utilizará para financiar medidas destinadas a gestionar la crisis de los refugiados. Los créditos de pago correspondientes a la movilización del Instrumento de Flexibilidad ascenderán a 52,9 millones EUR en 2016 y 13,2 millones EUR en 2017.
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