Art. 21
Disposiciones transitorias
En vigor desde 7 ago 2015
Artículo 21
Disposiciones transitorias
Todos los Comités científicos establecidos por la Decisión 2008/721/CE seguirán funcionando de conformidad con las disposiciones pertinentes de dicha Decisión y sus miembros continuarán en ejercicio hasta la designación de los miembros de los Comités científicos establecidos por la presente Decisión.
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