Art. 1
En vigor desde 13 jul 2015
Artículo 1
El apéndice del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Económica Europea y el Principado de Andorra, relativo a la definición del concepto de «productos originarios» y a los métodos de cooperación administrativa, se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.
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