Art. 38
Información periódica al Comité Especial
En vigor desde 27 mar 2015
Artículo 38
Información periódica al Comité Especial
El administrador presentará al Comité Especial, con periodicidad trimestral, un estado de la ejecución de los ingresos y gastos desde el inicio del ejercicio. A tal efecto, cada comandante de operación proporcionará al administrador un estado de los gastos relativos a los costes operativos comunes de la operación bajo su mando.
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