Art. 1 · Definiciones

Art. 1

Definiciones

En vigor desde 27 mar 2015
Artículo 1 Definiciones A efectos de la presente Decisión, se entenderá por: a)   «Estados miembros participantes»: los Estados miembros de la Unión, a excepción de Dinamarca; b)   «Estados contribuyentes»: los Estados miembros que, con arreglo al artículo 41, apartado 2, del TUE, contribuyen a la financiación de la operación militar de que se trate, y los terceros Estados que contribuyen a la financiación de los costes comunes de la operación en virtud de acuerdos celebrados con la Unión; c)   «operaciones»: las operaciones de la Unión que tienen repercusiones en el ámbito militar o de la defensa; d)   «acción militar de apoyo»: una operación o partes de operaciones de la Unión decididas por el Consejo para apoyar a un tercer Estado u organización, que tiene repercusiones en el ámbito militar o de la defensa, pero que no está bajo la autoridad del cuartel general de la Unión; e)   «día»: el día civil, y no el día laborable, salvo que se indique lo contrario.
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