Art. 1
En vigor desde 27 mar 2015
Artículo 1
La medida que Alemania ha aplicado sobre la base del artículo 130a, apartado 4, del Libro Quinto del Código alemán de la Seguridad Social en combinación con artículo 4 de la Directiva 89/105/CEE, es compatible con el mercado interior, a tenor del artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
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