Art. 5 · Control político y dirección estratégica

Art. 5

Control político y dirección estratégica

En vigor desde 19 ene 2015
Artículo 5 Control político y dirección estratégica 1.   Bajo la responsabilidad del Consejo y de la Alta Representante, el CPS ejercerá el control político y la dirección estratégica de la EUMAM RCA. El Consejo autoriza al CPS a tomar las decisiones oportunas de conformidad con el artículo 38 del TUE. Esta autorización incluirá las competencias necesarias para modificar los documentos de planeamiento, incluido el plan de la misión y las reglas de enfrentamiento. También incluirá las competencias necesarias para adoptar las decisiones relativas al nombramiento de los siguientes comandantes de la misión. El Consejo conservará la facultad de determinar los objetivos y la terminación la EUMAM RCA. 2.   El CPS informará al Consejo periódicamente. 3.   El Presidente del Comité Militar de la Unión Europea (CMUE) informará de forma periódica al CPS en lo referente a la ejecución de la EUMAM RCA. Cuando lo considere oportuno, el CPS podrá invitar al comandante de la misión de la UE a asistir a sus reuniones.
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