Art. 3

Art. 3

En vigor desde 16 ene 2015
Artículo 3 La ayuda de salvamento por importe de 1,6 millones EUR al Matadero Central de Kofinos aprobada mediante la Decisión de la Comisión de 6 de mayo de 2010, así como la ayuda con relación a la tolerancia por parte del Estado respecto a los retrasos en el pago de las sumas debidas, con relación a la transferencia de personal a los municipios y con relación al préstamo de 512 850 EUR constituyen ayudas estatales incompatibles con el mercado interior.
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