Art. 1

Art. 1

En vigor desde 26 nov 2014
Artículo 1 La Decisión de Ejecución 2013/747/UE, Euratom queda modificada como sigue: 1) El artículo 1 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 1 A efectos del cálculo de la base de los recursos propios procedentes del IVA a partir del 31 de diciembre de 2013, se autoriza al Reino Unido a utilizar estimaciones aproximativas con respecto a la siguiente categoría de operaciones contempladas en el anexo X, parte B, de la Directiva 2006/112/CE: Entregas de terrenos edificables (punto 9).» . 2) Después del artículo 1, se añaden los artículos 1 bis y 1 ter siguientes: «Artículo 1 bis A efectos del cálculo de la base de los recursos propios procedentes del IVA del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2020, se autoriza al Reino Unido a utilizar el 0,01 % de la base intermedia con respecto a las operaciones referidas en el anexo X, parte B, punto 7 (hospitales), de la Directiva 2006/112/CE. Artículo 1 ter A efectos del cálculo de la base de los recursos propios procedentes del IVA del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2020, se autoriza al Reino Unido a utilizar el 0,004 % de la base intermedia con respecto a las operaciones referidas en el anexo X, parte B, punto 9 (edificios y terrenos edificables), de la Directiva 2006/112/CE.» . 3) Se suprime el artículo 2.
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