Art. 26 · Programa de formación

Art. 26

Programa de formación

En vigor desde 16 oct 2014
Artículo 26 Programa de formación 1.   Se establecerá un programa de formación que abarque la prevención, preparación y respuesta ante catástrofes. El programa incluirá cursos generales y específicos y un sistema de intercambio de expertos. El programa se destinará a los grupos definidos en el artículo 27. 2.   La Comisión será responsable de la coordinación y organización del programa de formación y de definir su contenido y calendario.
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