Art. 2
En vigor desde 13 oct 2014
Artículo 2
La Comisión establece para el desarrollo en 2015 de normas armonizadas en el sector del gas la lista anual de prioridades siguiente:
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normas de interoperabilidad y de intercambio de datos (fase de adopción por la Comisión),
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normas sobre la armonización de las estructuras tarifarias de transporte (finalización del código de red e inicio de la fase de adopción por la Comisión),
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normas relativas a un enfoque basado en el mercado a escala de la UE para la asignación de capacidades de transporte de gas de nueva construcción (finalización de la propuesta de modificación del código de red de mecanismos de asignación de capacidad e inicio de la fase de adopción por la Comisión).
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