Art. 3 · Designación del presidente y de los miembros

Art. 3

Designación del presidente y de los miembros

En vigor desde 24 sept 2014
Artículo 3 Designación del presidente y de los miembros 1.   El presidente y los miembros del organismo de evaluación del rendimiento figuran en el anexo. 2.   El presidente y los miembros firmarán una declaración por la cual se comprometen a ejercer su cometido en el organismo de evaluación del rendimiento con plena independencia. 3.   Si el presidente o un miembro abandona el organismo de evaluación del rendimiento antes del 31 de diciembre de 2016, se seleccionará un sustituto entre los aspirantes que demuestren poseer la experiencia y las competencias adecuadas, así como la independencia y la ausencia de conflicto de intereses necesarias. La Comisión nombrará un sustituto de conformidad con el artículo 3, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) no 390/2013.
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