Art. 1
En vigor desde 6 ago 2014
Artículo 1
1. Queda establecida la Infraestructura de Investigación Digital de Artes y Humanidades como un Consorcio de Infraestructuras de Investigación Europeas (ERIC DARIAH).
2. Los estatutos de DARIAH ERIC figuran en el anexo. Los estatutos deberán mantenerse actualizados y a disposición del público en el sitio web de DARIAH ERIC y en su domicilio social.
3. Los elementos esenciales de los estatutos de DARIAH ERIC cuya modificación estará supeditada a la aprobación de la Comisión de conformidad con el artículo 11, apartado 1, del Reglamento (CE) no 723/2009 son los establecidos en los artículos 1, 2 y 23 a 30.
Historial de versiones
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