Art. 1
En vigor desde 31 jul 2014
Artículo 1
Con arreglo a lo establecido en el artículo 3, apartado 2, de la Decisión 2000/258/CE, se autoriza a los siguientes laboratorios a efectuar pruebas serológicas de control de la eficacia de las vacunas antirrábicas en perros, gatos y hurones:
a)
KBNP, INC
235-9, Chusa-ro, Sinam-myeon
Yesan-gun, Chungcheongnam-do
República de Corea;
b)
Komipharm International Co. Ltd
17 Gyeongje-ro
Siheung-si, Gyeonggi-do
429-848
República de Corea.
Historial de versiones
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