Art. 5 · Interés

Art. 5

Interés

En vigor desde 29 jul 2014
Artículo 5 Interés El tipo de interés aplicable a las TLTRO se fijará a lo largo del período de vigencia de cada operación, al tipo aplicable a las operaciones principales de financiación vigente en el momento del anuncio de la subasta respecto a la TLTRO pertinente, más un diferencial fijo de 10 puntos básicos. Los intereses se abonarán a plazo vencido al vencimiento de la operación, o durante el reembolso anticipado como se estipula en los artículos 6 y 7, según corresponda.
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