Art. 3

Art. 3

En vigor desde 23 jul 2014
Artículo 3 El Protocolo se aplicará con carácter provisional a partir del 1 de julio de 2013, hasta tanto terminen los procedimientos necesarios para su celebración.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2014:956:oj#art-3