Art. 2
En vigor desde 9 jul 2014
Artículo 2
Las autoridades alemanas facilitarán a la Comisión:
—
un ejemplar de la documentación relevante para la medida de ayuda en un plazo de dos meses a partir de la concesión de la ayuda, y
—
un informe final detallado en el plazo de seis meses a partir del desembolso del último tramo de ayuda según el plan de desembolsos notificado.
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