Art. 1

Art. 1

En vigor desde 23 jun 2014
Artículo 1 La Decisión 2011/426/PESC se modifica de la siguiente manera: 1) En el artículo 5, apartado 1, se añade el párrafo siguiente: «El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con el mandato del REUE en el período comprendido entre el 1 de julio de 2014 y el 30 de junio de 2015 será de 5 250 000 EUR.». 2) En el artículo 13 se añade el párrafo siguiente: «El informe de ejecución definitivo sobre el mandato global deberá presentarse antes de marzo de 2015.».
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