Art. 2
En vigor desde 13 jun 2014
Artículo 2
Las referencias de las normas EN 15649-1:2009+A2:2013 y EN 15649-6:2009+A1:2013 se publicarán en la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2014:359:oj#art-2