Art. 8 · Función del Centro de Satélites de la Unión Europea

Art. 8

Función del Centro de Satélites de la Unión Europea

En vigor desde 16 abr 2014
Artículo 8 Función del Centro de Satélites de la Unión Europea El Centro de Satélites de la Unión Europea (SATCEN) podrá cooperar con el consorcio que se constituya de conformidad con el artículo 7, apartado 3. En este caso, acordará las disposiciones necesarias para su ejecución con los Estados miembros participantes.
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